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Orbaneja Abogados y Bonet informan sobre el nuevo Reglamento de Protección de Datos y sus implicaciones en las farmacias

Orbaneja Abogados y Bonet ofrecieron una charla el pasado 26 de abril de 2018 para informar a las farmacias de primera mano sobre los cambios en materia de Protección de Datos que entrarán en vigor el próximo 25 de mayo de 2018. El nuevo marco normativo i

Los aspectos a actualizar o incorporar inicialmente, como garantía de cumplir y contemplar el nuevo marco de Protección de Datos, son los siguientes:

  • Responsable / Delegado de Protección de Datos: será necesario designar a la persona o equipo que cumplirá dicha función, acreditar la formación actualizada sobre la nueva normativa y los elementos de soporte con expertos en aquellas áreas que se requieran.
  • Encargados del tratamiento: deben contemplarse los requisitos de acreditación (certificados o similares), la coordinación entre la entidad y sus encargados de tratamiento (asesores laborales/fiscales, formación, logística, marketing, informática/ comunicaciones...), así como suscripción formal del nuevo contrato del encargado de tratamiento.
  • Derechos: se debe incorporar en todos los documentos que recaben datos los nuevos derechos y requisitos del deber de información a los afectados, incluyendo la realización de un plan de información por capas o niveles de información al afectado, así como realizar formalmente un plan de comunicación de los mismos. También deben contemplarse los requisitos de coordinación con los encargados de tratamiento.
  • Canal de Protección de Datos: las farmacias deberán implementar un canal de Protección de Datos para recibir y registrar los incidentes y riesgos de violaciones de seguridad y atención de los derechos. Además, deberán contemplar los requisitos de coordinación con los encargados de tratamiento.
  • Identificar los requisitos de evaluación de riesgo a la Protección de Datos: estos deben implementarse con las medidas de diligencia y control proactivo enfocadas a la prevención de dicho riesgo por parte de la entidad. Contemplar los requisitos de coordinación con los encargados de tratamiento.
  • Acreditar las funciones y responsabilidades de diligencia y control por parte de la Alta Dirección / Administradores.
  • Complementariamente y, como requisito esencial, los Delegados o Responsables de Protección de Datos deberán de definir, implementar y supervisar las medidas que le sean de aplicación a la entidad.
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