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Los españoles podrán recibir atención sanitaria en otros países

Los españoles podrán recibir atención sanitaria en otros países.

Con este Real Decreto se incorpora el ordenamiento jurídico español a la Directiva 2011/24/UE, relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza, en virtud de la cual los países de la UE podrán acudir a un estado miembro distinto del suyo a recibir asistencia sanitaria y se les reembolsará el gasto desde su país. Además de adaptarse a la directiva europea que entró en vigor el pasado 25 de octubre, el Gobierno ha tenido que modificar el RealDecreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación.

Los pacientes adelantarán el pago, que les será devuelto por la administración sanitaria competente que en España son las comunidades autónomas, INGESA y las mutualidades de funcionarios, cuando corresponda; y el reembolso se ajustará a las tarifas oficiales de cada servicio de salud, como si el tratamiento se hubiera prestado en España.

Sanidad afirma que la norma, además de contener las prestaciones contenidas enla Cartera Comúnde Servicios del Sistema Nacional de Salud o, en su caso, en la cartera complementaria de la comunidad autónomas, también incluye medicamentos y productos sanitarios.

Quedan excluidos los cuidados de larga duración, los trasplantes de órganos y los programas de vacunación públicos. Establece, además, que los pacientes tendrán que solicitar autorización previa en caso de hospitalización durante más de una noche o utilización de equipos especializados.

La asistencia podrá ser prestada por servicios públicos o privados de otro país y el paciente siempre tendrá derecho a disponer de copia de informes clínicos y pruebas diagnósticas. Los pacientes tendrán también asegurada la la continuidad del tratamiento, se garantizará la protección de los datos personales y tendrá a su disposición la información necesaria a través del Punto Nacional de Contacto, servicio ya en funcionamiento a través de la Subdirección de Atención al Ciudadano. FV

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